¿Puedo construir una piscina en mi terreno?
Si tenemos una casa con jardín o patio o una vivienda con parcela en una zona rural seguro que te lo has pensado alguna vez. ¿Puedo construir una piscina en mi terreno? Es atractivo, ¿verdad? Poder tener una piscina de uso particular sería algo estupendo, en especial en estos tiempos de pandemia en los que salir de casa se ha convertido en toda una aventura.
Si además combinamos esa piscina con un sistema de cerramiento que nos permita climatizar nuestra piscina y poder disfrutarla todo el año a salvo de la meteorología la situación ya es de ensueño. Vamos a intentar hoy analizar la situación y responder a esa pregunta de si puedo construir una piscina en mi terreno.
Normativas legales para construir una piscina
Si vas a estudiar si puedes construir una piscina en tu terreno, lo primero que debes hacer es consultar las normativas municipales correspondientes. Esto es cualquier reglamentación del Ayuntamiento en el que te encuentres y la Ley de Suelo de la comunidad autónoma.
Son las dos normativas que más nos van a mostrar si se puede o no se puede construir, los requisitos que debemos cumplir y las licencias y autorizaciones que tendremos que pedir.
Por lo general este tipo de legislación establece unas consignas a cumplir en función del tipo de suelo en el que se quiera instalar la piscina o cualquier otro elemento de estas características.
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Tipos de suelo
- Suelo urbano. Es todo terreno construido, sea en ciudad o en un pueblo.
- Suelo urbanizable. Es aquel terreno que no está construido pero que podría estarlo en el futuro.
- Suelo rústico. Se refiere al tipo de suelo en el que no se puede construir. Normalmente destinado a utilización agropecuaria o forestal.
- Suelo de núcleo rural. Es un suelo semejante al urbano pero con especificaciones concretas y ceñido al entorno rural.
En lo que se refiere a instalación de piscinas en suelo urbano no suele haber problemas en instalar una piscina en ellos. Seguramente cumpliendo unas medidas de espacio y separación, condiciones técnicas y de seguridad, consumo de agua, etc, pero por lo general las ordenanzas municipales y leyes autonómicas si permiten este tipo de instalaciones.
Algo parecido ocurre en el suelo urbanizable. Mientras el suelo siga siendo urbanizable es difícil que tengamos autorización para construir una piscina. Pero en el momento que el suelo se convierta en urbano seguramente si podremos hacerlo sin problemas. Pero, insistimos, hay que consultar antes la legislación de tu municipio y región.
Si hablamos de suelo rústico tampoco es habitual construir piscinas en este tipo de terreno y suele estar prohibido hacerlo. Pero no en todos los casos. Debes tener en cuenta que en este tipo de terreno no está prohibido construir todo tipo de edificios, hay excepciones.
Por ejemplo, en un suelo rústico si podemos construir, en algunas circunstancias, un alojamiento rural tipo hotel o un camping. En este caso si sería posible incluir dentro de esos alojamientos e incluirlo en los proyectos correspondientes algún tipo de piscina o servicio general. De hecho, es lo más normal en este tipo de alojamientos rurales incluir servicios de este tipo. Nos da un valor añadido para el cliente y un buen reclamo para conseguir público.
Tramitación de las licencias
Una vez tengamos claro que sí podemos construir una piscina en el terreno que pensábamos, el siguiente paso es pedir las correspondientes licencias municipales.
Hay que tener en cuenta que la instalación de una piscina implica, casi en la mayoría de los casos, mover tierra y elementos estructurales del terreno. Esto implica que necesariamente se nos pedirá un informe técnico y un proyecto realizado por un profesional. Esto es así porque las administraciones correspondientes necesitan asegurarse de que las obras para la instalación de la piscina no tendrán ningún tipo de consecuencia estructural o medioambiental.
En este proyecto deberá estar claro la descripción de las obras a acometer. También las características técnicas, ubicación, tamaño y dimensiones de la piscina, tipo de actuaciones que se necesitarán en las obras, tiempos y plazos de ejecución, maquinaria que se va a emplear y tipos de materiales, etc. Todo ello suscrito y firmado por un técnico especializado y con todas las garantías legales, colegiado correctamente, etc.
Las administraciones pueden rechazar la licencia si ese proyecto no cumple todos los requisitos o nos obligará a modificarlo si algún aspecto no se adapta a sus ordenanzas específicas.
Además, una vez que las obras ya están en marcha, el mismo técnico que elaboró ese proyecto tendrá que supervisar que las actuaciones se ajustan al proyecto original. Si hay una modificación de algún aspecto fundamental y no se comunica a las autoridades podrían ilegalizarnos posteriormente la obra y recibir una denuncia por ello.